A continuación, las diferencias entre jurisprudencias de MÉXICO, INGLATERRA Y ESTADOS UNIDOS:
MÉXICO:
1. Es una interpretación de la norma prevista en la ley.
2.Su creación es centralizada pues sólo está a cargo de LA SCJN, los TCC.
3.Es sólo obligatoria para el poder judicial.
4.Se forma con cinco sentencias en el mismo sentido sin interrumpir o por contradicción de tesis (una que soluciona y dos con sentido en contrario)
5.No pueden ser emitidas por los tribunales locales, por lo que tampoco contrariadas.
ESTADOS UNIDOS:
1. Para resolver un caso en concreto utilizan el precedente.
2.Los tribunales tanto locales como federales las emiten.
3. existen dos tipos de precedente.
4.Casos similares son resueltos con el mismo precedente, en caso de no existir, se utiliza la razón y las buenas costumbres.
5.Tribunales locales pueden revocar sus propias jurisprudencias.
INGLATERRA:
1.El precedente es creado en base a uso y costumbres.
2.Organismos centralizados pero concurrentes en un mismo nivel de gobierno.
3.Precedentes obligatorios.
4.Ratio decidendi: se toma un caso en concreto y se compara con uno similar para ver cómo se resolvió el primero, es una parte del precedente.
5.Precedentes para toda Inglaterra.
No hay comentarios:
Publicar un comentario