EL ESTADO
Ésta ente es entendida como una organización política de la
sociedad, como organización de la vida política de los agregados sociales
existentes antes de las naciones modernas, el termino Estado se debe extender
hasta sus orígenes en las concepciones de la civitas en la antigua Roma y de la
polis en la antigua Grecia.
La concepción marxista leninista
sobre el Estado: el nucleó de la doctrina marxista sobre el Estado consiste en
descubrir que este es una maquinaria funcional de organismos, órganos,
instrumentos encaminados a imponer a la sociedad la voluntad política de las
clases dominantes, estas teorías de Marx y de Engels fueron completadas por
Lenin quien lleva a la practica la idea del Estado como una forma de llevar a
cabo la dictadura de la clase dominante (no se brindan alternativas a otras
formas o medios de producción).
Los rasgos del Estado: en un concepto
general, se alude a aquellos elementos que lo componen, aquellas características
que sirven para distinguirlo. El llamado poder público político, entendiendo el
poder como la capacidad que se tiene para imponer a otras determinadas
decisiones y como consecuencia el poder debe de ser de carácter público. El
segundo rasgo es la territorialidad, el cual no debe de ser confundido con
territorio, puesto que territorio es un principio funcional del Estado y la
territorialidad es el elemento material sobre el cual se asienta; otro rasgo
esencial es el cobro de impuestos y otros gravámenes, ya que el Estado depende
de la contribución económica de la sociedad; por último, otros autores señalan
que la Soberanía también constituye un rasgo esencial del Estado así como ser
el único ente facultado para la creación del derecho.
Funciones del Estado: este es otro
tema de gran discrepancia, pues no todos los autores reconocen las mismas
funciones del Estado, algunos dicen que su función está encaminada a
administrar justicia, otros hablan de funciones de fuerza (manifestación
coactiva del Estado), de civilización (buscan alcanzar el bienestar general) y
de derecho (orden jurídico en el que se apoya el Estado). Cabe mencionar que
las funciones de un Estado siempre van a variar dependiendo de su naturaleza
histórica, aunque todos los Estados
tendrán en común la preservación, reproducción y aseguración del mismo sin
importar si sean estados de dominación de clase o estados socialistas. También
se consideran dos tipos de funciones las externas y las internas; las
funciones legislativas, ejecutivas y
judiciales; funciones económicas, funciones sociales; funciones fundamentales y
no fundamentales.
El Estado cubano se encuentra compuesto por
elementos como el territorio, la
organización territorial administrativa: los símbolos patrios. La forma del
Estado cubano, su estructura, tipos de órganos, funciones, organización,
funcionamiento del Estado. Órganos Superiores del Poder Popular, atribuciones
principales, el Diputado, Órganos Locales del Poder Popular, atribuciones
principales, el Delegado, Participación Popular, sus formas y vías, Tribunales
Populares, función, principios y estructura y Fiscalía General de la República.
Es una República, unitaria y
democrática socialista, posteriormente se tratan las características del Estado
cubano como: Órganos Superiores del Poder Popular. Donde se regulan la Asamblea
Nacional del Poder Popular, el cual es un órgano unicameral integrado por
diputados electos, se mezclan tanto la representación territorial como la
personal, entre sus facultades se encuentra: aprobar reformas a la
Constitución, aprobar leyes, decidir sobre la constitucionalidad de las
disposiciones de carácter general. El presidente de la ANPP convoca las
sesiones de la ANPP, vela la aplicación del reglamento, dirige las comisiones
de trabajo, es decir, es una figura de gran importancia para la ANPP porque en cierta
forma es quien la regula y dirige.
Los diputados son los representantes
populares que integran tal asamblea y son electos por el voto directo por 5
años, son revocables por la Asamblea Nominal que los nomino.
Consejo de Estado: el cual se
encuentra integrado por 34 miembros, órgano electo por la ANPP, sus integrantes
también son diputados y se renuevan cada que la ANPP cambia.
El Consejo de Ministros, máximo
órgano ejecutivo, administrativo que constituye el Gobierno de la República,
entre sus funciones esta organizar algunas actividades acordadas por la ANPP,
dirige y controla el comercio exterior, provee la defensa nacional, etc. El Consejo de la Defensa Nacional. Es el
órgano que se encarga de prepararse en tiempos de paz para dirigir el país en
momentos de Estado de Emergencia, Estado de Guerra o durante la guerra misma.
Los órganos Locales de Poder Popular
son: Asamblea Provincial del Poder Popular, órgano superior a nivel provincial,
coordina y controla la labor de los municipios de su territorio.
Asamblea Municipal del Poder Popular,
es el órgano superior del poder estatal a nivel municipal.
Los Consejos Populares, estos órganos
posibilitan la permanencia y continuidad del trabajo de la AMPP; Consejos de
Administración, órganos administrativos encargados de dirigir y controlar la
actividad de las entidades de la economía, producción, servicios educacionales
y salud.
Delegado, es el representante popular
y es el órgano más importante de los mecanismos de participación y
representación democrática; Participación Popular; Consejos de Defensa
Provincial y Municipal, en situaciones excepcionales, son los máximos órganos
de poder estatal y político de la localidad; Tribunales Populares y la Fiscalía
General de la República; Tribunales Populares, son órganos estatales de rango
constitucional; Principio de organización y funcionamiento de los Tribunales
Populares, son un subsistema de órganos independientes de la Administración
estatal central y local subordinado jerárquicamente solo a la ANPP; Sistema de
Tribunales, se integra por el tribunal supremo popular, integrado por el pleno,
el consejo de gobierno, y 5 salas: civil y administrativo, laboral, penal,
delitos contra la seguridad, económico y militar.
Fiscalía General de la República,
órgano estatal de rango constitucional, independiente de la administración
estatal y de la función judicial.
Los Órganos Locales del Poder
Popular: Municipio.
El Estado
como un instrumento de dominación política, es un conjunto de órganos de fuerza
y dirección clasista, aparato o maquinaria a través del cual se impone la
voluntad clasista.
El Gobierno es la parte del todo
(Estado) cuyo objetivo directo es lograr el cumplimiento de los fines del
Estado.Municipios, constituyen el nivel inferior desde el punto de vista
territorial en un sistema de distribución vertical del poder y por lo tanto se
encuentran más cerca de los electores y constituyen la expresión más real de
participación ciudadana.
Asambleas Municipales, las asambleas
municipales del poder popular son los órganos superiores locales del poder del
Estado, estas se integran por los delegados electos mediante sufragio de primer
grado en las Circunscripciones, su composición no tiene un límite máximo, pero
si un mínimo de 30 Delegados en cada Municipio, por ultimo hay que mencionar
que las asambleas son instituciones no permanentes ya que sus miembros no se
profesionalizan y actúan como órganos en pleno de forma eventual en muy pocas
sesiones al año.
Delegado de Circunscripción, los
delegados municipales actúan por medio de una representación inmediata de sus
electores, que se complemente con el poder de revocación que tienen los
electores sobre ellos, lo cual supone una estrecha relación entre ambos, ya que
la legitimidad de los delegados descansa en el encargo que les han otorgado los
electores, una función de los delegados es que deben rendir cuenta por lo menos
dos veces al año sobre su gestión pública.
Comisiones Permanentes, las
comisiones de trabajo son mecanismos auxiliares de las asambleas y son
designados por ésta para el periodo de su mandato; Consejo de Administración,
es el órgano superior local dentro de la administración municipal.
Consejo Popular, es dirigido por un
presidente y un vicepresidente escogidos en elección abierta de entre los
delegados por mayoría de votos; Consejo de Defensa, se preparan desde tiempos
de paz para dirigir territorios cuando se encuentren en estado de emergencia o
estado de guerra, durante la guerra, partiendo de un plan general de defensa.
Sistema Judicial Cubano.
Cuba ha tenido tres momentos en su
sistema judicial, el primero se conoce como la etapa colonial desde la
intervención norteamericana en 1898 hasta el ascenso de la Revolución al poder
el 1ro de de enero de 1959, en esta etapa no existió un tribunal que
ejerciera funciones de superior jerárquico en la escala judicial, sus
apelaciones eran conocidas por un tribunal español, Cuba tuvo una tardía
separación como colonia de España.
La intervención norteamericana en
1898 frustro las aspiraciones independentistas cubanas, en este periodo se tuvo
lugar la creación de un Tribunal Supremo en Cuba y la elaboración de un grupo
importante de leyes, entre ellas la Constitución y una Ley de Organización del
Poder Judicial promulgada en 1909. Es hasta el 1ro de enero con el triunfo de
las armas revolucionarias la instauración en el poder de un Estado socialista.
En la década de los 60 se produce una
dispersión de la función jurisdiccional, en la cual hubo un gran estancamiento
del Derecho, logrando como consecuencia que muchos profesionales del derecho
abandonaran sus profesiones y mejor se dedicaran a otros oficios. A partir de
la segunda mitad de la década de los 70 y hasta 1982 se produce un
proceso vertiginoso de reformas en el sistema legal cubano como la
promulgación de la Constitución Socialista que derogo el texto de 1940, entre
otros textos legales.
Los tribunales quedaron organizados a
todos los niveles por cámaras colegiadas de 3 o 5 miembros, integrados por
jueces profesionales y jueces legos (ciudadanos corrientes) los cuales fueron
la primer forma de participación ciudadana.
El sistema judicial cubano es
estrictamente sistémico, se encuentra conformado por una serie de variables que
constituyen su marco normativo (normas procedimiento, normas sustantivas,
reglamentos de organización, métodos de funcionamiento administrativo,
variables institucionales, etc.).
La Administración Pública.
Es la realización por parte de una
persona, de actos con la finalidad de satisfacer ciertas necesidades, en este
caso la administración pública lo que busca es satisfacer los intereses de la
colectividad que el Estado administra.
Hay dos órganos de la función
administrativa, esta es la función administrativa central y la función
administrativa local; la función administrativa central funciona en todo el
territorio del Estado y se conocen como órganos de administración central, y la
función administrativa local que son los órganos que ejercen su función en una
sola localidad, es decir, en una sola parte del Estado y no en todo su espacio
físico, se conoce como órganos de administración local.
En Cuba son varios los órganos que
desenvuelven la actividad administrativa, en forma general el órgano encargado
de ejecutar la actividad administrativa es el consejo de ministros. El Comité
Ejecutivo del Consejo de Ministros, los Organismos de la Administración Central
del Estado, las delegaciones y direcciones territoriales de tales organismos,
el Consejo de la Administración Provincial, el Consejo de la Administración
Municipal, y las entidades de subordinación local, provincial o municipal,
creadas para la realización de las actividades administrativas.
De los anteriores órganos señalados
se puede decir que en la dinámica de la administración pública cubana se
conjugan tanto los intereses centrales, como los locales.
LA CONSTITUCIÓN DE CUBA
Se designa al conjunto de órganos y mecanismos por los cuales se
ejerce el poder, o para designar la ley jurídica que rige en una sociedad.
La constitución es la Ley Suprema, es
decir, es aquella ley que tiene una jerarquía mayor y ninguna otra ley o
disposición puede estar por encima de ella o desacatarla, desobedecerla,
desconocerla.
A la Constitución se le reconocen
diversas funciones como: una función política, al organizar políticamente a una
sociedad; ideológica, impone las ideas políticas e ideológicas exigidas a
través de la Constitución; jurídica, es la expresión jurídica de la
organización socioeconómica y política impuesta en un país; organizativa,
porque organiza jurídicamente la vida social en las diversas esferas;
legitimadora, ya que legitima y ofrece valides a lo que regula. Sus contenidos principales son,
organización política de la sociedad, organización central y estatal, ideas,
valores, principios prevalecientes en cuanto a la organización económica,
política y social, formas de propiedad, derechos y deberes esenciales de la
ciudadanía, garantías básicas.
Las partes de la Constitución cubana
son 4: preámbulo, parte orgánica, parte dogmatica y clausula de reforma.
La constitución cubana se caracterizo
por la plenitud de participación popular, una comisión redactora por los
órganos superiores del Gobierno.
La Constitución cubana fue redactada
en 1976 y fue reformada en 1992, mediante la cual se produjo una ampliación del
carácter democrático del Estado y la sociedad en su conjunto.
El texto está formado por un
preámbulo y 137 artículos, distribuidos en 15 capítulos y tutela algunos
principios como la soberanía popular, la supremacía de la Asamblea Nacional del
Poder Popular respecto a los demás órganos estatales, el principio de legalidad,
entre otros más.
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